top of page

Lo que debes saber sobre el examen de alcohol y drogas del DOT

Las pruebas realizadas por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos (DOT) sobre abuso de sustancias psicotrópicas son vitales para la seguridad tanto de conductores, compañeros de trabajo y usuarios del servicio.


Se aplican a 12.1 millones de personas y su propósito principal es el de la disuasión, al tiempo que crea oportunidades de prevención y tratamiento para los trabajadores que afrontan problemas de drogas y alcohol. Toda persona que desobedezca los reglamentos del DOT estará obligada a someterse a evaluaciones y tratamiento, y no se le permitirá regresar al cumplimiento de sus funciones hasta que el tratamiento haya resultado exitoso y se haya establecido un plan de pruebas de seguimiento.


¿Quiénes están sujetos a los exámenes del DOT?

Toda persona designada en los reglamentos del DOT como prestador de servicios susceptibles al tema de la seguridad en todas las áreas de transporte en general, como: aviación, transporte comercial, transporte marítimo, oleoductos / gasoductos, transporte ferroviario y transporte público.


¿En qué circunstancias son requeridos estos exámenes?

1. Antes de ser contratado: Pueden realizarse antes de contratar o de hacer una oferta laboral a los solicitantes, siempre antes de desempeñar funciones susceptibles al tema de la seguridad.


2. Al azar: Realizados de manera aleatoria y sin anuncio previo, antes, durante, o inmediatamente después de desempeñar funciones susceptibles al tema de la seguridad.


3. Por sospecha razonable – Se realizan cuando un supervisor capacitado o un oficial de la compañía observa comportamientos o señales características que indiquen un posible abuso de alcohol o drogas. Esta sospecha debe basarse en observaciones específicas de la apariencia, comportamiento, habla, o el olor corporal del conductor. El empleador también debe poder articular claramente sus observaciones y debe hacerlo alrededor del momento del incidente. Para ayudarles a tomar las determinaciones apropiadas para las pruebas razonables en caso de una sospecha, todos los supervisores y oficiales de las empresas con conductores deben asistir por lo menos a una hora de capacitación sobre los indicios y síntomas del abuso de drogas.


4. Después de un accidente – Son realizados después de accidentes donde el comportamiento del conductor pudiese desembocar en el accidente (según lo determinado por la multa impuesta) así como para todos los accidentes fatales, aún si al conductor no es multado.


5. Al volver al trabajo y seguimiento – Realizados cuando un empleado que ha violado las normas de conducta relacionadas con el alcohol o sustancias controladas regresa a desempeñar funciones susceptibles al tema de la seguridad. Estos exámenes de seguimiento no son anunciados, y por lo menos deben realizarse seis durante los primeros 12 meses posteriores al retorno a labores del conductor.


¿Debo rehusarme a someterme a una prueba si creo que he sido seleccionado en forma injusta para la prueba?

Regla común: Cumple y luego presenta una queja dentro del plazo oportuno. Si se te notifica que debes someterte a una prueba de drogas o alcohol del DOT y no estás de acuerdo con la razón o el fundamento de la prueba, debes someterte sin excusas a la misma. No interfieras con el proceso de la prueba ni te rehúses a someterte a la misma. Después de la prueba expresa tus inquietudes al empleador diri


giendo una carta a la oficina de soluciones de controversias de tu compañía o siguiendo un proceso establecido de quejas u otro procedimiento de la empresa. También puedes expresar sus inquietudes a la oficina del programa de drogas y alcohol del organismo pertinente del DOT. Quien sea que hayas decidido contactar, hazlo cuanto antes después de la prueba.


¿Qué sucede si el resultado de mi prueba es positivo, si me rehuso a la prueba, o si desobedezco un reglamento sobre drogas y alcohol de una dependencia del DOT?

Si el resultado de tu prueba es positivo, si te rehúsas, o si desobedeces alguna regla sobre drogas y alcohol del DOT:

Un supervisor o autoridad de la compañía te podrá apartar inmediatamente de tus funciones reglamentadas por el DOT.

No se te permitirá volver a desempeñar funciones susceptibles al tema de la seguridad hasta que:

1. Te hayas sometido a una evaluación a cargo de un profesional especializado en abuso de substancias psicotrópicas (SAP).

2. Hayas completado exitosamente toda actividad de educación, asesoramiento o tratamiento ordenado por el SAP antes de reincorporarte a prestar servicios.

3. Resultes negativo en la prueba de drogas y de una prueba de aliento que arroje menos de 0.02 de alcohol. (Prueba para determinar reincorporación a las funciones).

Una vez que te hayas reincorporado a tus labores, serás sometido a pruebas de drogas y/o alcohol sin previo aviso, no menos de seis veces en los primeros 12 meses de servicio activo, y existe la posibilidad de que ese período llegue a los 60 meses (según lo que determine el SAP).


Somos administradores del Programa de Alcohol y Drogas del DOT, fácil, rápido y a tu alcance. Escríbenos a truckingservicesandlogistic@hotmail.com o llámanos al (813) 864 62 87 para resolver tus inquietudes.


390 visualizaciones1 comentario

Entradas recientes

Ver todo

1 Comment


Cumpli con todo el programa con el dot pero el recor sigur quedando

Like
bottom of page